La violencia política de género está muy en boga en estos tiempos, pero aún nos falta mucho camino para erradicarla de América Latina. El primer paso para ello es definirla, entender cómo afecta nuestros derechos políticos y conocer qué instrumentos tenemos para combatirla. En esta guía te presentaremos un panorama conceptual y jurídico de la violencia política de género en nuestro continente.
¿Qué es la violencia política de género?
Para definirla, revisamos distintas definiciones que constituyen hitos en la legislación sobre violencia política de género en nuestra región. ¡Veamos!
- Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (México 🇲🇽 ).
- Ley No 243 Contra el Acoso y la Violencia Política hacia las Mujeres (Bolivia 🇧🇴).
- Ley Modelo Interamericana sobre Violencia Política contra las mujeres promovida por la Organización de los Estados Americanos.
¡Vamos a conocer qué es!
En términos generales, la violencia política de género se refiere a los actos u omisiones que se basan en elementos de género; es decir, que se dirigen a las mujeres por su género o que les afectan de forma diferenciada, que se ejercen directa o indirectamente contra mujeres candidatas, electas y/o que ejercen un cargo público, y que resultan o tienen por objetivo menoscabar, limitar o anular el ejercicio derechos políticos.
La violencia política de género es un concepto que se ha construido para evidenciar que las distintas formas de violencia política -las cuales pueden incluir la violencia física, sexual, psicológica, moral, económica, simbólica y patrimonial- afectan a las mujeres de manera particular.
En la región, la Organización de los Estados Americanos (OEA) ha identificado una tendencia de los países a construir este concepto en dos etapas:
- En la primera, se buscó visibilizar que existe violencia de género en la política, por lo que se construyeron leyes, como la argentina y salvadoreña, que hablan de “violencia de género en la política”.
- La segunda etapa, cuyo inicio está marcado por la ley boliviana de 2013 en la materia, consistió en el desarrollo de la violencia política de género como concepto, el cual fue ampliamente aceptado. Esta amplia aceptación se refleja en las leyes en la materia de Bolivia, Ecuador, México, Panamá, Paraguay, Uruguay y la versión posterior de Argentina, según la publicación de la OEA y ONU Mujeres: “Violencia contra las mujeres en política en América Latina: mapeo legislativo y proyectos parlamentarios”, escrito por Laura Albaine.
¿Qué son los derechos políticos?
Los derechos políticos son aquellos que se adquieren con el reconocimiento de la ciudadanía y que implican el derecho a votar y ser votada para ocupar cargos de representación pública, el acceso igualitario a ejercer funciones públicas, el derecho a asociarse libremente y el derecho a afiliarse a algún partido político. Asimismo, los derechos políticos permiten a la ciudadanía participar en la vida pública de la comunidad a la que pertenecen.
Si quieres profundizar más en esto, te contamos que construimos esta definición a partir de los siguientes instrumentos:
- Convención Interamericana sobre la Concesión de los Derechos Políticos a la Mujer de 1948
- Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer de 1953
- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966
- Ley Modelo Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en la Vida Política.
¿Cómo se manifiesta la violencia política de género?
La violencia política de género se puede manifestar de diversas formas durante el proceso electoral y/o en el ejercicio de un cargo. A continuación, te presentamos algunas de las manifestaciones más recurrentes, pero la violencia política de género no se limita a estas:
- Negar información o proporcionar información falsa que impida acceder a candidaturas o ejercer funciones cuando se ocupa un cargo de elección popular.
- Restringir el acceso al voto libre y secreto.
- Obstaculizar la campaña y/o el ejercicio de un cargo público.
- Realizar y/o distribuir propaganda política que busque menoscabar la imagen pública de la candidata y/o funcionaria pública, y que se base en estereotipos de género. En el caso de la legislación mexicana, se contempla que la distribución de la propaganda sea tanto física como virtual.
- Amenazar a la candidata o sus familiares con la intención de que desista del proyecto.
- Discriminar del ejercicio de los derechos políticos a mujeres por estar en estado de embarazo o parto, o impedir su reincorporación después de hacer uso de licencias de maternidad.
- Ejercer cualquier forma de violencia contra una mujer que se encuentra ejerciendo sus derechos políticos; por ejemplo, contra una ciudadana que está emitiendo su voto o contra una candidata que se encuentra en un mitin.
- Negar recursos y/o atribuciones.
- Obligar a funcionarias a avalar decisiones contrarias a su opinión y/o contrarias a la ley.
- Imponer sanciones injustificadas que resulten en la restricción del ejercicio de los derechos políticos. Por ejemplo, sanciones que impliquen la destitución temporal de algún cargo público y que no estén justificadas.
- En el caso mexicano, se contemplan las restricciones a mujeres que se justifican en los Sistemas Normativos Internos, los cuales cristalizan los usos y costumbres y regulan la forma en que las comunidades indígenas eligen y nombran a sus autoridades.
Te invitamos a leer este artículo de ONU Mujeres, en el que puedes conocer nueve historias de violencia hacia las mujeres en la política en América Latina que evidencian algunas de éstas formas en las que se manifiesta la violencia política de género.
Nueve historias de violencia hacia las mujeres en la política en América Latina
¿Qué estrategias jurídicas existen en mi país para hacer frente a la violencia política de género?
De acuerdo con la investigación realizada por ONU Mujeres y la OEA sobre la violencia contra las mujeres en política en América Latina que te presentamos anteriormente, en el contexto latinoamericano se han identificado 5 estrategias jurídicas que han sido implementadas para incorporar la prevención, atención y/o sanción de la violencia política de género en las instituciones y legislaciones nacionales:
- Una estrategia consiste en la adopción de leyes específicas sobre violencia política de género, como es el caso de Bolivia con la publicación en 2012 de la Ley No 243, Contra el Acoso y la Violencia Política hacia las Mujeres.
- Otra estrategia que se ha empleado es el reconocimiento de la existencia de violencia de género en instituciones políticas, a pesar de que no se defina explícitamente la violencia política de género. Esta estrategia se empleó en Argentina con la publicación de la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los Ámbitos en que Desarrollen sus Relaciones Interpersonales en 2009 y en El Salvador con el Decreto N° 520 por el que se dicta la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en 2011.
- La tercera estrategia es la incorporación de la violencia política de género dentro de las leyes existentes sobre violencia de género. Esta estrategia se adoptó en Argentina en 2019 en la Ley 27533, que modifica la de 2009; en Bolivia en 2013 en la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia; en Ecuador en 2018 en la Ley para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres; en Panamá en 2013 en la Ley 82, que tipifica el femicidio y la violencia contra la mujer; en Paraguay en 2016 con la Ley de Protección Integral a las Mujeres contra toda forma de Violencia; en Uruguay en 2018 en la Ley de Violencia hacia las Mujeres basada en Género; y, finalmente, en México con la reforma de 2020 que modificó la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Reforma que modificó diversas leyes para incluir la violencia de género en México, 2020
- La cuarta estrategia identificada es la tipificación de la violencia política de género como delito electoral, como es el caso de Ecuador en 2020 en su Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas; y de México en las modificaciones realizadas a la Ley General en Materia de Delitos Electorales tras la reforma de 2020.
- Finalmente, la quinta estrategia identificada en la región es que, ante la imposibilidad de crear o modificar leyes, se han creado protocolos sobre violencia política de género que están fundamentados en los marcos normativos de derechos de las mujeres a nivel internacional y regional. Ejemplo de estos protocolos es el protocolo mexicano de 2016; y los protocolos que buscan prevenir, atender y sancionar la violencia política de género al interior de los poderes legislativos, como el protocolo argentino de 2018, el protocolo chileno de 2019, el protocolo salvadoreño de 2012 y el protocolo mexicano de 2019.
El uso de una u otra estrategia no es excluyente. En algunos casos se han implementado varias de estas estrategias de forma complementaria, por lo que, para conocer los mecanismos e instituciones encargadas de proteger tus derechos políticos, es útil identificar las estrategias que ha empleado tu país.
Esta guía fue realizada gracias a las aportaciones de Pilar Tavera, especialista en seguridad que diseñó la estrategia para Aúna en 2021. Asimismo, esta estrategia contó con los aportes de las voluntarias que integraron el Comité de Seguridad de Aúna en 2021: Carmen Munguía, Fabiola Serratos, Macarena Velázquez, Mariana Niembro, Jimena Escobar, Aura Martíez, Mónica Zárate, Pilar Tavera y Dafne Pimentel.