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Enero 21, 2021. Por Daniel Arancibia Guerra

¿En qué se puede gastar en una elección?

Este contenido forma parte del curso Manejo financiero y organización de cuentas

Los recursos económicos y el dinero son indispensables para llevar una campaña que permita tener posibilidades en la contienda electoral, pero es importante tener en cuenta que de ninguna forma garantiza el triunfo, pues disponer de dinero no influye directamente en la conducta del elector.  

Por eso, decisiones sabias y estrategias electorales adecuadas durante la campaña pueden permitir que una candidata sin muchos recursos económicos efectivos gane, así como estrategias electorales inadecuadas o erradas pueden causar la derrota de una candidata con muchos recursos. 

En esta guía encontrarás aquellos ítems que son reconocidos como gastos electorales por el Servicio Electoral y aquellos otros en los que no podrás gastar. 

Para planificar nuestros gastos de campaña debemos tener muy claro en qué podemos gastar en una campaña electoral, lo que se encuentra regulado en la Ley N° 19.884, Orgánica Constitucional sobre transparencia, límite y control del gasto electoral.

Como breve resumen podemos señalar que los principales gastos contemplados en la ley son (sin que esta enumeración sea taxativa):

Gastos en Propaganda

  • Folletos, volantes u otros objetos informativos.
  • Propaganda en prensa escrita. 
  • Propaganda en radioemisoras. 
  • Propaganda en medios de comunicación digital. 
  • Encuestas.

Es importante señalar que no se pueden regalar cosas, ni a personas ni a instituciones, pues puede constituir el delito de cohecho.

Prohibición especial para pandemia: Conforme a la prohibición de aportes a la comunidad, los candidatos no podrán efectuar donaciones de alimentos, mascarillas, alcohol gel u otros insumos necesarios en el contexto de la pandemia, así como la realización de sanitización u otras dádivas.

Ejemplos de lo que acepta y no acepta el Servel como propaganda:

Fuente: Manual de Propaganda electoral 2017 Servel.

 

Otros gastos permitidos son:

  • Gastos en Arriendos: Arriendo de sede, arriendo de vehículos, arriendo de espacios privados, arriendo de especies.
  • Gastos por intereses devengados por créditos adquiridos con instituciones financieras.
  • Gastos por aportes en dinero del Partido a candidata. 
  • Gastos por aportes en especies de Partido a candidata. 
  • Gastos menores tales como compras de bebidas para las voluntarias o de pasaje por el transporte de la candidata.

Nota: Aproximadamente, las mujeres reciben 1/3 del crédito recibido por hombres. (Fuente: Lupa electoral).

¿Y qué pasa con los recursos que no requieren que ponga un monto de dinero?

Estos tipos de recursos también son considerados gastos. Se llaman gastos estimados. Estos gastos no implican desembolso y se valorizan a precio de mercado.

A continuación algunos de los gastos que se consideran gastos estimados: 

  • Gasto estimado por trabajos voluntarios (Formularios N°101 “Registro de Brigadistas y Voluntarios” y su respectivo “Anexo Nómina de Brigadistas y Voluntarios”).
  • Gasto estimado por uso de vehículo de un tercero (Formulario N°103 “Registro de Vehículos” y su respectivo “Anexo Nómina de Vehículos”). 
  • Gasto estimado por uso de propiedad de un tercero (sede) (Formulario N°102 “Registro de Sedes”).
  • Gasto estimado por servicios profesionales de un tercero.
  • Gasto estimado por especies.
  • Gasto estimado por propaganda escrita.
  • Gasto estimado por propaganda en radioemisoras.
  • Gasto estimado por propaganda en medios de comunicación digital.
  • Gasto estimado por propaganda en espacio privado.
  • Gasto estimado por aporte personal de la candidata. 

Algunos tienen formularios y registros asociados, que el Servel pone a disposición un poco antes de la campaña electoral en su sitio web. Para revisar en detalle los registros y documentos que necesitas para hacer esta rendición, te invitamos a la siguiente guía:

¿Cómo rendir cuenta de los gastos e ingresos de mi campaña?

En esta guía encontrarás algunas nociones básicas de cómo rendir gastos e ingresos electorales ante el SERVEL y así hacer tu vida más fácil.

Aquí hay una idea de cómo distribuir el gasto electoral de manera porcentual: 

Fuente: Elaboración Propia

Los factores más relevantes que influyen en el gasto de una campaña son: el tiempo de duración de la misma, las distancias a recorrer (magnitud de la comuna), el nivel socio económico de la comuna (podría elegir más campaña de aire -en medio de comunicación masivos-, o de tierra -campaña territorial-, o bien la combinación de estas) y la creatividad del equipo de campaña.

¿Puedo gastar infinito en mi campaña?

Al armar el presupuesto debemos tener en consideración el Límite al Gasto electoral por comuna. Puedes encontrar la experiencia de 2016 aquí

El límite al Gasto Electoral es relevante, pues excederse implica varias sanciones, las cuales se encuentran descritas en el Art. 5 bis de la Ley N°19.884.

La candidata que exceda el límite de gastos electorales será sancionada con multa a beneficio fiscal, de acuerdo a la siguiente escala:

  1. El doble del exceso en la parte que no supere el 10%.
  2. El triple del exceso en la parte que no supere el 10% y sea inferior al 25%, y
  3. El quíntuple del exceso en que hubiere incurrido, en la parte que supere el 25%.

 Las multas serán aplicadas en UF, por el director del Servicio Electoral.

¿En Qué Se Puede Gastar En Una Elección?