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Enero 21, 2021. Por Daniel Arancibia Guerra

¿Cómo rendir cuenta de los gastos e ingresos de mi campaña?

Este contenido forma parte del curso Manejo financiero y organización de cuentas

Saber cuáles son los ítems en que puedes gastar no es suficiente. También es necesario que tengas una noción de cómo tienes que rendir esos gastos luego al Servicio Electoral de Chile (SERVEL). ¡No te preocupes! Aunque parezca anticipado, si comienzas desde el principio de tu campaña registrando la información necesaria y guardando los documentos que te pedirán, todo será pan comido. 

En esta guía encontrarás algunas nociones básicas de cómo rendir gastos e ingresos electorales ante el SERVEL y así hacer tu vida más fácil.

¿Qué características deben tener los documentos que respalden mis gastos electorales?

Para poder rendir exitosamente tus gastos electorales ante el SERVEL, todos los gastos que realices deben estar respaldados por documentos. Documentos como boletas y facturas nos ayudarán a demostrar que sí hicimos los gastos que declaramos haber realizado. Pero, ¿qué características deben reunir estos documentos? 

El cuadro a continuación te mostrará los requisitos que deben cumplir tus documentos de respaldo, para que estés atenta: 

¿Cómo comunico al Servicio Electoral mis gastos e ingresos al finalizar la campaña?

Ya finalizada la campaña, tendrás que comunicar al SERVEL qué ingresos tuviste y en qué gastaste los ingresos de tu campaña. Recuerda que sólo puedes declarar ciertos bienes y servicios como gastos. Para profundizar en ello, revisa la guía:

¿En qué se puede gastar en una elección?

Cuáles son los ítems en los que puedo gastar dinero en la campaña electoral.

Para poder rendir, el Servel pone a disposición de las candidatas y las administradoras electorales formularios para rendir ingresos y gastos para cada elección. La imagen a continuación indica algunos de los formularios usados para esta rendición: 


Aunque los formularios para la rendición son propios de cada elección, para que te hagas una idea, en este sitio podrás encontrar los formularios usados para la elección municipal de 2016. 

Todos los registros de campaña, tales como los de voluntarios, vehículos y sedes, deberán mantenerse permanentemente en el domicilio indicado por la candidata en su declaración de candidatura para su fiscalización, salvo que esta, por sí o por medio del mandatario, informe oportunamente otro domicilio por escrito al Servicio Electoral.

¿Qué pasa con los aportes de mi partido político? ¿Cómo los declaro?

Todos los aportes en dinero y especies deben ser declarados por las candidaturas. En el caso de los aportes de los partidos políticos, estos pueden ser en dinero o en especie. 

Si el aporte es en dinero, el partido político lo debe reflejar como gasto en la cuenta general de ingresos y gastos electorales, señalando el aporte efectuado a cada candidata. 

Por otra parte, la candidata lo debe informar como aporte del partido.  

Si el aporte es estimado o avaluado en dinero, corresponde al Administrador General Electoral certificar la distribución de los aportes a cada candidata, tanto en cantidad como en monto. Por otra parte, la candidata que reciba los aportes lo debe reflejar como aporte del partido, tanto en sus ingresos como en sus gastos de campaña electoral (Principio de doble partida).

6. ¿Cómo Rendir Cuenta De Los Gastos E Ingresos?