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Glosario Constitucional

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Chile se encuentra en un momento histórico. ¡No hay tiempo que perder! Integremos nuestros conocimientos y experiencias para una articulación que hagan carne una nueva Constitución feminista, democrática, erigida sobre la base de los derechos humanos.  En este glosario constitucional encontrarás conceptos y definiciones básicas relacionados con los contenidos de la Constitución y el proceso constituyente que te serán útiles para construir, juntas, un Chile para todos y todas.

Febrero 1, 2021. Por Corporación Humanas

Glosario Constitucional: E – F

En este glosario constitucional encontrarás conceptos y definiciones básicas relacionados con los contenidos de la Constitución y el proceso constituyente. Aquí, la E y la F.

E

Estado

La doctrina constitucional clásica estima que el Estado tiene tres elementos principales: territorio, población y poder. El primer elemento del Estado territorio se entiende como la extensión geográfica en la cual se despliega la autoridad del Estado y se ejerce el poder (…) El elemento de población se conoce también como elemento humano. En términos generales, se define como el conjunto de personas que residen en el territorio determinado en que son sometidos al poder de un Estado. Los habitantes, sean nacionales o extranjeros, ciudadanos o no, se encuentran obligados por las reglas que fija dicho Estado (…) Finalmente, el poder es el componente central del Estado. En clave moderna, el poder es monopolizado por el Estado, expropiando a los particulares el ejercicio de la violencia física y asumiendo la forma máxima de dominación en un territorio determinado (García y Contreras, 2014, pp. 414-415).

Estado de derecho

Según el Secretario de las Naciones Unidas en 2004, el Estado de derecho se define como:

un principio de gobernanza en el que todas las personas, instituciones y entidades, públicas y privadas, incluido el propio Estado, están sometidas a leyes que se promulgan públicamente, se hacen cumplir por igual y se aplican con independencia, además de ser compatibles con las normas y los principios internacionales de derechos humanos (ONU, 2004). 

En este marco, agrega, “exige que se adopten medidas para garantizar el respeto de los principios de primacía de la ley, igualdad ante la ley, separación de poderes, participación en la adopción de decisiones, legalidad, no arbitrariedad, y transparencia procesal y legal (ONU, 2004). 

Estado empresario

Se define como la “denominación de la actividad económica del Estado en que este incursiona en sectores tradicionales de la economía, ya sea para prestar servicios esenciales, como titular de servicios de carácter económico o, en definitiva, como gestor de empresas” (Zuñiga, 2000, citado en García y Contreras, 2014, p. 423). 

Estado laico

También llamado Estado secular, se refiere a la separación entre los credos religiosos y el Estado, el cual, en consecuencia, no profesa ni adhiere a ninguna de estas creencias. De esta forma, sugiere un Estado que se erige sobre la libertad de religión y de culto. En el caso chileno, esto se obtuvo con una reforma constitucional de 1925, ya que previamente el Estado adhería a la religión católica (García y Contreras, 2014). 

Estado social o solidario

Concepto asociado al tipo de Estado que surge como respuesta a las críticas hacia el modelo capitalista a finales del siglo XIX y comienzos del XX. Se refiere a un Estado que ya no es un ente pasivo, sino que toma acción para asegurar derechos sociales, económicos y políticos, como también de condiciones de igualdad para las personas (Nash, 2011). 

Estado subsidiario

Este concepto ha sido utilizado para describir el tipo de Estado desarrollado en Chile desde 1980, con una visión económica sustentada en la ampliación de las acciones del capital y la inversión privada, disminuyendo la presencia estatal en sus actividades y funciones sociales y económicas (Huerta, 2005). 

Hablamos de Estado Subsidiario cuando el Estado de un país se basa en el principio de subsidiariedad, es decir, que el Estado interviene en aquellas actividades que el sector privado o el mercado no tiene interés en realizar (…) En el caso chileno, la Constitución de 1980 ha recogido el principio de subsidiariedad en su artículo 1º, que reconoce la autonomía de los individuos y los grupos intermedios (clubes, juntas de vecinos, asociaciones, empresas, etc.) como entes colaboradores de la función social y económica del Estado. Más adelante, en el artículo 19, nº 21, la Constitución señala que “el Estado y sus organismos podrán desarrollar actividades empresariales o participar en ellas sólo si una ley de quórum calificado los autoriza. En tal caso, esas actividades estarán sometidas a la legislación común aplicable a los particulares (USACH, 2019, pp.11-12). 

F

Familias

Según el Comité del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas, no es posible dar una definición uniforme del concepto de familia, pues ésta puede variar entre los Estados e incluso entre regiones de un mismo Estado. A juicio de dicho Comité, corresponde a los Estados parte informar el concepto de familia que existe en sus ordenamientos jurídicos, así como la forma en que protegen los distintos tipos de familia. 

La Corte Interamericana de Derechos Humanos en Opinión Consultiva de 2014, destaca que no existe un modelo único de familia, y que su definición no debe restringirse a la pareja y los hijos, sino que también debe considerar otros parientes de la familia extensa con quienes se tengan lazos cercanos, los que pueden existir entre personas que no sean jurídicamente parientes (Truffello, 2018, p. 1).

Feminismos

El feminismo es un conjunto de teorías, movimientos, prácticas colectivas e individuales que reivindican el derecho de las mujeres a participar en igualdad de derechos con los hombres de la construcción social, política, económica y cultural de un país. Busca transformar la realidad de subordinación y explotación que viven las mujeres, por una de plena emancipación.

Una de las tareas del feminismo es develar las formas y expresiones de la desigualdad entre hombres y mujeres. A través del análisis o perspectiva de género, pretende identificar los dispositivos, mecanismos y procesos del poder masculino que producen y reproducen desigualdades entre hombres y mujeres, con el propósito de desmontarlos y transformar la realidad que viven las mujeres y niñas.

Los ejes estructurales del feminismo son la autonomía, la soberanía sobre los cuerpos, la reorganización y redistribución del espacio público y privado, y la plena participación en los procesos de toma de decisiones sociales y políticas, destrabando así las principales causas de la desigualdad de género. De esta manera, los feminismos constituyen una alternativa política al sistema patriarcal. 

Función social de la propiedad

La función social de la propiedad significa que ésta tiene un valor individual y social por lo que debe estar al servicio de la persona y de la sociedad. La Constitución alemana dice: ‘la propiedad obliga’, para hacer notar que el dominio además de conferir derechos, impone deberes y responsabilidades a su titular. Estos deberes y responsabilidades del propietario que armonizan los intereses del dueño y de la sociedad puede decirse que constituyen la función social de la propiedad (STC R. 245-96) (citado en García y Contreras, 2014, p. 342).

Fundamentalismos

La Organización de Estados Americanos comprende al fundamentalismo como un:

concepto estructural que implica que los sistemas de pensamiento y de acción se cierren, arbitrariamente, ante las críticas y las alternativas. Actualmente se habla de fundamentalismo para referirse a la orientación teórica y a las formas prácticas de organización de un amplio antimodernismo cultural y político (OEA, 2004, p. 281). 

Son formas de pensar que mantienen fundamentos absolutos, que generalmente se asocian a doctrinas religiosas como la islámica, cristiana, budista, judía, entre otras. 

 

Esta guía forma parte de la cartilla:

Regímenes Políticos y Participación, de Corporación Humanas

Corporación Humanas

Corporación Humanas es un centro de estudios y acción política feminista, que promueve y defiende los DDHH de las mujeres y la justicia de género en Chile y Latinoamérica. Tiene más de 14 años promoviendo la participación social y política de las mujeres, a través de campañas de promoción y estrategias de incidencia.