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Abril 20, 2022. Por La EXcuela e Im.pulsa

Las reglas del juego: qué tienes, puedes y no puedes hacer  

Este contenido forma parte del curso Rendición de cuentas: cuentas claras para una política transparente

A partir de la Constitución de 1991 se reglamentó la financiación política, sus limitaciones y la rendición de cuentas. Posteriormente, han habido modificaciones a través de reformas constitucionales en 2003, 2004 y 2009. Luego de esta última reforma constitucional se fijaron las normas que rigen en la actualidad: la Ley 1475 del 2011.

Descarga aquí la Ley 1475

Según esta ley, las campañas electorales a los distintos cargos y corporaciones de elección popular tienen límites en sus gastos para su desarrollo, los cuales son fijados por el CNE en el mes de enero de cada año, teniendo en cuenta:

  1. Costos reales de la campaña.
  2. El censo electoral. 
  3. La ocupación presupuestada para la financiación estatal, es decir, la ocupación que las candidaturas pueden darle al dinero que el Estado les da. 

¿Cuál financiación se puede recibir y cuál no?

Todos los ofrecimientos de dinero y recursos parecen buenos, pero ¡ojo! No todos los orígenes y cuentas de financiación están permitidos. Aquí te detallamos cuáles sí y cuáles no:

Orígenes y cuentas de financiación permitidas 

  • Recursos propios de origen privado de los partidos y movimientos políticos que hayan destinado para el financiamiento de las campañas en las que participen.
  • Créditos o aportes que provengan del patrimonio de los candidatos, de sus cónyuges o de sus compañeros permanentes o de parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad.  
  • Contribuciones, donaciones o créditos en dinero o en especie que realicen los partidos particulares.
  • Créditos obtenidos en entidades financieras legalmente autorizadas.
  • Ingresos originados en actos públicos, publicaciones y/o cualquier actividad lucrativa del partido o movimiento.
  • Financiación estatal.     

Financiación Prohibida  

  • Recursos que vengan directa o indirectamente de gobiernos o personas naturales o jurídicas extranjeras. 
  • Recursos que se deriven de actividades ilícitas. 
  • Contribución o donaciones de personas titulares que hayan iniciado un proceso de extensión de dominio. 
  • Contribuciones anónimas. 
  • Recursos de personas naturales con procesos legales relacionados a delitos de financiación, pertenencia, promoción de grupos armados ilegales, narcotráfico o delitos contra la administración pública. 
  • Recursos de servidores públicos. 
  • Recursos de personas naturales o jurídicas cuyos ingresos sean producto de contrataciones estatales, que administren recursos públicos o parafiscales o con permisos para explotar monopolios estatales o juegos de azar. 

Cada partido o movimiento político puede adoptar reglas adicionales para la financiación y administración de las campañas, y estas reglas adicionales deben estar registradas ante el CNE para su control y vigilancia. 

Esta guía fue elaborada en base al libro Entre Reglas e incertidumbres“, de la Misión de Observación Electoral (MOE). La MOE es una plataforma de organizaciones de la sociedad civil que promueve el ejercicio de los derechos civiles y políticos de la ciudadanía, teniendo como fundamento de sus actividades la independencia, rigurosidad y objetividad.

La EXcuela e Im.pulsa

EXcuela, es un proyecto del EXtituto de Política Abierta, el Instituto Update e Im.pulsa con el que compartimos, a través de una plataforma abierta, cursos, guías y herramientas para formar e inspirar campañas electorales. Im.pulsa es una plataforma en línea, abierta y gratuita para conectar, capacitar e inspirar a las mujeres en la política en América Latina, ayudándolas a superar desafíos y transformar la política latinoamericana.